La Audiencia Nacional consideró que los crímenes contra los saharauis reunían los requisitos del delito de genocidio

La Audiencia Nacional consideró en 2015 que los crímenes investigados contra la población saharaui reunían los requisitos del delito de genocidio.

La Audiencia Nacional española concluyó en 2015 que los crímenes investigados contra la población saharaui tras la ocupación del Sáhara Occidental reunían los requisitos exigidos para ser tipificados como delito de genocidio. El juez Pablo Ruz procesó entonces a once altos cargos marroquíes, entre ellos responsables militares, por hechos cometidos entre 1975 y 1992.

En su auto, Ruz consideró que los saharauis constituían un grupo nacional o étnico y que las acciones investigadas se dirigían específicamente contra ellos. La resolución señaló que se habían acreditado actuaciones contra «la vida, dignidad y libertad» de personas precisamente por su condición de saharauis.

El procesamiento incluyó 50 delitos de asesinato, 76 asesinatos en grado de tentativa, 202 delitos de detención ilegal, seis casos de detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima y un delito contra la libertad sexual. El juez acordó además la busca, detención e ingreso en prisión de siete de los once procesados.

Entre los indicios considerados por la Audiencia Nacional figuraron numerosos testimonios coincidentes y el hallazgo en 2013 de una fosa común en la región de Amgala con los restos de ocho saharauis asesinados en 1976, posteriormente identificados mediante pruebas de ADN. La causa investigó también desapariciones forzadas, torturas, desplazamientos de población y otros crímenes cometidos durante los primeros años de la ocupación marroquí.

La resolución de Pablo Ruz no fue una sentencia condenatoria, sino un auto de procesamiento. Pero su conclusión jurídica fue inequívoca: los hechos investigados reunían los requisitos para ser considerados constitutivos de un delito de genocidio. Más de una década después, ninguno de los procesados ha comparecido ante la justicia española.

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Fuente: Poder Judicial / Audiencia Nacional / Actualidad Saharaui

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