NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS | ¿Qué documentos servirán para demostrar el origen saharaui?

La ley aprobada permite demostrar el derecho a la carta de naturaleza mediante varios documentos, no solo uno. Se acepta DNI, certificados de nacimiento y otros, siempre que verifiquen el nacimiento en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977. La norma aún no está en vigor.

La proposición de ley aprobada por el Congreso y enviada al Senado no establece un único documento obligatorio para acreditar quién puede acogerse a la carta de naturaleza. El texto contempla diferentes medios de prueba para demostrar que la persona nació en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977, fecha que delimita el acceso directo a esta vía.

Entre los documentos previstos figuran el DNI español, aunque esté caducado, siempre que pueda verificarse la identidad, el resguardo de inscripción en el censo elaborado para el referéndum de autodeterminación autenticado por Naciones Unidas, certificados de nacimiento debidamente legalizados o apostillados, libros de familia y documentación expedida por la Administración española durante el periodo en que España administraba el territorio.

El texto permite además valorar conjuntamente otros documentos que ayuden a acreditar ese vínculo: documentación escolar, pensiones, permisos de conducir españoles, certificados hospitalarios o médicos y otros documentos procedentes de la Administración española que permitan demostrar el nacimiento en el territorio antes de la fecha establecida. Cuando se aporten documentos extranjeros, deberán cumplir los requisitos de legalización o apostilla y, cuando corresponda, acompañarse de traducción.

Por tanto, la futura norma no hace depender el reconocimiento de conservar hoy un único documento de hace medio siglo, sino que establece varias vías documentales que podrán ser valoradas para acreditar cada caso. El texto todavía no está en vigor: el Congreso lo aprobó el 10 de septiembre y lo remitió al Senado, donde continúa su tramitación.

En las entregas anteriores de NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS hemos explicado por qué se utiliza el 29 de septiembre de 1977 como fecha límite, quién podrá solicitar directamente la nacionalidad y qué posibilidad tendrán los hijos de los saharauis beneficiarios. Con esta cuarta pregunta cerramos un primer bloque dedicado a quiénes podrían acogerse a la ley y cómo podrán acreditarlo.

Fuente: Congreso de los Diputados.

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