NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS | ¿Podrán obtenerla también los hijos de los saharauis beneficiarios?

Los hijos de quienes adquieran la nacionalidad española podrán optar a ella dentro de cinco años, a partir de la inscripción de la nacionalidad del progenitor, siempre que la ley sea finalmente aprobada y entre en vigor.

Sí, pero no de manera automática ni exactamente por la misma vía que sus padres. El texto aprobado por el Congreso establece que los descendientes en primer grado de las personas que adquieran la nacionalidad española mediante la carta de naturaleza prevista en esta ley podrán optar a la nacionalidad española. La posibilidad nace, por tanto, después de que el padre o la madre haya adquirido previamente la nacionalidad.

El plazo también es específico. Los hijos dispondrán de cinco años desde la inscripción en el Registro Civil de la adquisición de la nacionalidad española por cualquiera de sus progenitores para ejercer ese derecho de opción. Esto significa que no se toma como referencia la entrada en vigor de la ley ni el momento en que el progenitor presente su solicitud, sino su posterior inscripción como ciudadano español.

Esta diferencia es importante porque la fecha del 29 de septiembre de 1977 se utiliza para determinar quién puede acogerse directamente a la carta de naturaleza, pero no significa que los hijos nacidos posteriormente queden necesariamente fuera. Para ellos, el texto crea precisamente esta segunda vía vinculada a la adquisición de la nacionalidad por el progenitor. En nuestra primera entrega explicamos por qué la ley utiliza el 29 de septiembre de 1977 y, en la segunda, quién podrá solicitar directamente la nacionalidad si entra en vigor.

Todo ello sigue condicionado a que la ley complete su tramitación. El Congreso aprobó el texto y lo remitió al Senado, por lo que este derecho de opción todavía no puede ejercerse. Solo podrá comenzar a desplegar efectos si la ley resulta definitivamente aprobada, se publica en el BOE y entra en vigor.

Fuente: Texto de la proposición de ley aprobado en el Congreso – BOCG

OBSERVADOR SAHARAUI | Breve: NO TE OLVIDES explica que los descendientes siguen en el texto de la Ley de Nacionalidad Saharaui

El análisis de NO TE OLVIDES DEL SÁHARA OCCIDENTAL sobre la Ley de Nacionalidad Saharaui aclara la situación de los descendientes de saharauis nacidos bajo administración española. Aunque la ley ofrece opciones para algunos descendientes, no sustituye el derecho de autodeterminación ni la descolonización del Sáhara Occidental.

NO TE OLVIDES DEL SÁHARA OCCIDENTAL publicó este miércoles un segundo análisis sobre la Ley de Nacionalidad Saharaui, centrado en uno de los puntos que más dudas había generado tras la aprobación de enmiendas en ponencia: la situación de los descendientes de las personas saharauis nacidas bajo administración española.

El texto, titulado “TEMA DEL DÍA | Ley de Nacionalidad Saharaui (2): los descendientes siguen en el texto y estas son las claves de las enmiendas”, recoge la aclaración trasladada por la diputada de Sumar Tesh Sidi, ponente de la iniciativa. Según esa explicación, el apartado relativo a los descendientes no fue modificado en ponencia, por lo que debe entenderse mantenido a falta de la publicación oficial del dictamen completo.

El análisis recuerda que no se trata de una concesión directa e inmediata para todos los descendientes, sino de una vía posterior de opción para hijos e hijas en primer grado, vinculada a que previamente el padre o la madre haya adquirido la nacionalidad española conforme a la ley. También repasa las principales enmiendas aprobadas: el corte temporal hasta el 11 de agosto de 1977, la vía de residencia reducida a dos años, los medios de prueba, la gratuidad del procedimiento, los plazos de solicitud y la entrada en vigor diferida.

Este segundo texto completa el primer análisis publicado ayer por NO TE OLVIDES DEL SÁHARA OCCIDENTAL, “TEMA DEL DÍA | Qué dice exactamente el texto aprobado en ponencia sobre la Ley de Nacionalidad Saharaui”. Ambos trabajos insisten en una idea central: la ley puede abrir una vía de reparación parcial, pero no sustituye el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui ni cierra la descolonización pendiente del Sáhara Occidental.

Fuente: NO TE OLVIDES DEL SÁHARA OCCIDENTAL