NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS | ¿Cuándo entraría en vigor la ley y desde cuándo podría solicitarse la nacionalidad?

La nacionalidad española no puede solicitarse aún, ya que el procedimiento legislativo está en curso en el Senado. Se espera que entre en vigor cuatro meses después de su publicación oficial.

Todavía no puede solicitarse la nacionalidad española mediante este nuevo procedimiento. El Congreso aprobó la proposición de ley el 10 de septiembre y la remitió al Senado, donde continúa su tramitación. Para que sus disposiciones puedan aplicarse, el texto debe completar el procedimiento parlamentario, publicarse como ley en el Boletín Oficial del Estado y alcanzar la fecha establecida para su entrada en vigor. El Congreso registra actualmente la iniciativa con la situación «Senado» y tramitación urgente.

El texto aprobado establece que la ley entrará en vigor cuatro meses después de su publicación en el BOE. Esa es la fecha fundamental para quienes quieran acogerse al procedimiento especial. Por tanto, los cuatro meses no empiezan a contar desde la aprobación del Congreso ni desde su llegada al Senado, sino únicamente desde la eventual publicación de la ley definitiva en el Boletín Oficial del Estado.

A partir de la entrada en vigor comenzaría también el plazo para presentar las solicitudes. El texto concede tres años para solicitar la nacionalidad por este procedimiento, con la posibilidad de que el ministerio competente en materia de Justicia amplíe ese periodo durante un año adicional. Las solicitudes no estarán sujetas a ninguna tasa.

Hay otro plazo que puede generar confusión. La proposición establece que el Gobierno dispondrá de un máximo de seis meses desde la publicación en el BOE para poner en funcionamiento un procedimiento específico dentro de la aplicación informática ya existente que facilite y agilice estas solicitudes. Esos seis meses no son el plazo de entrada en vigor de la ley: corresponden al desarrollo de esa herramienta administrativa específica.

La solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y podrá presentarse por los medios previstos en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. El texto contempla además un formulario específico en la sede electrónica del ministerio competente en Justicia. Quienes ya tengan abierto un expediente de nacionalidad por alguna de las vías ordinarias del Código Civil y cumplan los requisitos de la nueva regulación podrán solicitar expresamente que su expediente continúe conforme al nuevo procedimiento.

Por tanto, hoy no existe todavía una fecha concreta a partir de la cual pueda utilizarse este procedimiento. Esa fecha solo podrá calcularse cuando finalice la tramitación parlamentaria y, si la proposición se convierte definitivamente en ley, aparezca publicada en el BOE. Será entonces cuando puedan contarse los cuatro meses hasta su entrada en vigor y conocerse con exactitud el comienzo del plazo para las solicitudes.

El Congreso aprobó el texto el 10 de septiembre por 168 votos a favor, 31 en contra y 145 abstenciones y lo remitió al Senado. La aprobación del Congreso constituye un paso fundamental, pero todavía no equivale a una ley definitivamente aprobada por las Cortes, publicada en el BOE y en vigor.

Fuente: Congreso de los Diputados. Texto de la Proposición de Ley sobre concesión de nacionalidad española a las y los saharauis nacidos bajo la administración española.

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